Como un recordatorio, todos los aplicantes de visa de inmigrante deberán contar con exámenes médicos vigentes antes de su entrevista en la Sección Consular.
Si usted está aplicando a una visa de inmigrante y aún no ha tomado sus exámenes médicos por favor revise el paso 2 en el siguiente enlace: Entrevista en la Embajada - U.S. Embassy in El Salvador (usembassy.gov)
Si usted no podrá asistir a su entrevista y desea reprogramarla para una fecha posterior le recomendamos llamar al Centro de Información de Visas desde El Salvador al (503) 2113-3122 y desde Estados Unidos al (703) 745-5476
El Secretario de Estado, en consulta con el Departamento de Seguridad Nacional, ha autorizado a los funcionarios consulares, hasta finales de 2022, a eliminar el requisito de entrevista en persona para ciertos empleos temporales que no sean solicitantes de visa de inmigrante que tienen una petición aprobada por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. Esta nueva autorización aplica a los trabajadores temporales que soliciten visas H-1, H-3, H-4, L, O, P y Q que cumplan con ciertas condiciones, incluido que estén solicitando una visa en su país de nacionalidad o residencia. Bajo esta autoridad, los oficiales consulares tienen la discreción de eliminar el requisito de entrevista de visa para los solicitantes individuales H-1, H-3, H-4, L, O, P y, Q, que hayan recibido previamente cualquier tipo de visa y, a quienes nunca se les ha negado una visa a menos que dicha negación haya sido superada o renunciada y, que no tienen inelegibilidad aparente o potencial inelegibilidad; o H-1, H-3, H-4, L, O, P y, Q, individuales basados en una petición por primera vez que sean ciudadanos o nacionales de un país que participe en el Programa de exención de visa (VWP), siempre que no tengan inelegibilidad aparente o inelegibilidad potencial y, haber viajado previamente a los Estados Unidos utilizando una autorización obtenida a través del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA).
Además, el Secretario extendió las políticas aprobadas previamente para eliminar la entrevista de visa para ciertos estudiantes, profesores, investigadores académicos, académicos a corto plazo o especialistas (solicitantes de visa F, M y académica J) hasta fines de 2022. Un cambio a la política anterior es que los solicitantes elegibles para la autoridad de exención porque son ciudadanos o nacionales de un país participante del VWP deben haber viajado previamente a los Estados Unidos utilizando una autorización obtenida a través de ESTA para calificar. Los solicitantes deben solicitar una visa en su país de nacionalidad o residencia. Al igual que la política para ciertos solicitantes de visas individuales basados en peticiones, los funcionarios consulares tienen la discreción de aliminar la entrevista para los solicitantes de visas F, M y académicas J a quienes se les haya emitido previamente cualquier tipo de visa, y a quienes nunca se les ha negado una visa a menos que dicha denegación fue superado o renunciado, y que no tienen inelegibilidad aparente o inelegibilidad potencial; o solicitantes de visas F, M y académicas J por primera vez que sean ciudadanos o nacionales de un país que participe en el VWP y que hayan viajado previamente a los Estados Unidos a través de una autorización ESTA, siempre que no tengan inelegibilidad aparente o potencial inelegibilidad.
La autoridad anterior que permitía la exención de entrevista de ciertos solicitantes H-2 (trabajadores agrícolas y no agrícolas temporales) también se extendió hasta finales de 2022. Los solicitantes que renueven cualquier visa dentro de los 48 meses posteriores a la expiración, también son elegibles para la exención de entrevista.
Los recursos consulares y las restricciones del gobierno local varían ampliamente y, cada sección consular está revisando continuamente su capacidad para adjudicar solicitudes de visa durante esta pandemia mundial y mientras abordamos problemas globales y prioridades en competencia. Recomendamos a los solicitantes que consulten el sitio web de la embajada o el consulado de los EE.UU. correspondiente para confirmar el nivel de servicios que se ofrecen actualmente y, para encontrar las pautas para solicitar una visa sin una entrevista.
En octubre 25, el presidente Biden anunció una Proclamación Presidencial titulada "Una Proclamación sobre el Fomento de la Reanudación Segura de los Viajes Globales durante la Pandemia de COVID-19". Esta proclamación, que entrará en vigencia a las 12:01 am hora estándar del este del 8 de noviembre de 2021, pondrá fin a las restricciones de viaje en virtud de las Proclamaciones Presidenciales (PP) 9984, 9992, 10143 y 10199 en lo que se refiere a la suspensión de entrada a los Estados Unidos a las personas que han estado físicamente presentes en Brasil, China, India, Irán, Irlanda, el Área Schengen, Sudáfrica y el Reino Unido. En lugar de estas restricciones, el presidente anunció un requisito de vacunación global para todos los viajeros adultos extranjeros. Esta proclamación aplica a las personas a bordo de un vuelo programado para llegar a los Estados Unidos que salga después de las 12:01 am hora estándar del este del 8 de noviembre de 2021. Más información sobre este requisito de vacunación global, incluidos detalles sobre excepciones y exenciones debido a preocupaciones humanitarias, está disponible en CENTROS PARA EL CONTROL Y LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES | CDC.
De conformidad con la proclamación del presidente Biden, a partir del 8 de noviembre, el Departamento de Estado puede procesar solicitudes de visa para personas físicamente presentes en los países afectados.
Tenga en cuenta que la rescisión de estos P.P. no significa necesariamente que una Embajada o Consulado de los EE. UU. Pueda programar inmediatamente a todos los solicitantes afectados para entrevistas de visa. Consulte el sitio web de la embajada / consulado para obtener información sobre los servicios que ofrecen en este momento e instrucciones sobre cómo solicitar una visa de no inmigrante.
Todos los solicitantes de visa de inmigrante mayores de 2 años deberán completar una prueba PCR COVID-19 de 24 a 72 horas antes de tomar su examen médico. Por favor NO tome una prueba de COVID-19 antes de recibir instrucciones de uno de los médico autorizados por la embajada, ya que solo los laboratorios designados por los médicos pueden realizar la prueba. No se aceptarán pruebas utilizadas para viajar a El Salvador o en un laboratorio no autorizado.
Los solicitantes recibirán instrucciones para la prueba COVID-19 de los médicos por teléfono, incluidos los documentos que deben traer y dónde tomar la prueba. Cualquier persona que dé positivo de COVID-19 tendrá su examen médico reprogramado una vez se recupere y dé negativo en una prueba de PCR posterior
El secretario Blinken, en consulta con el Departamento de Seguridad Nacional, ha ampliado temporalmente la capacidad de los funcionarios consulares para dejar pasar el requisito de entrevista en persona para las personas que solicitan una visa de no inmigrante en la misma clasificación. Anteriormente, solo aquellos solicitantes cuya visa de no inmigrante vencía dentro de los 24 meses eran elegibles para una exención de entrevista. El Secretario ha extendido temporalmente el período de vencimiento a 48 meses. Esta política estará en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. Este cambio permitirá a los oficiales consulares continuar procesando ciertas solicitudes de visa de no inmigrante mientras limita el número de solicitantes que deben presentarse en una sección consular, reduciendo así el riesgo de transmisión de COVID-19 a otros solicitantes y personal consular. Se recomienda a los viajeros que consulten el sitio web de la embajada o consulado de los EE. UU. más cercano para obtener información detallada sobre los servicios que están disponibles actualmente, así como información de elegibilidad e instrucciones para solicitar una visa sin una entrevista ".
Todos los pagos de la tarifa de solicitud de visa de no inmigrante (también conocida como tarifa MRV) realizados a partir del 1 de octubre de 2022 son válidos durante 365 días a partir de la fecha en que se emite el recibo por el pago de la tarifa MRV. Los solicitantes deben programar una cita para la entrevista o presentar una solicitud de exención de entrevista durante este período de 365 días. Tenga en cuenta que los solicitantes solo deben programar su entrevista o enviar su solicitud de exención dentro del período de 365 días. No hay ningún requisito que indique que la entrevista debe ocurrir durante el período de 365 días. Todos los recibos de pago de cuotas MRV emitidos antes del 1 de octubre de 2022, fueron prorrogados hasta el 30 de septiembre de 2023 y, continúan vigentes hasta esta fecha.
La Embajada de Estados Unidos en El Salvador está retomando ciertos servicios en la sección de visas de inmigrante y visas de no inmigrante, incluyendo citas para las categorías de visa de inmigrante IR/CR1s, IR/CR2s, IR/IH3s, and IR/IH4s, y K- visas y citas para las categorías de visa de no inmigrante F-1, M-1, J-1, E, I, O, P, y C1/D. Mientras la Embajada se plantea como objetivo procesar casos tan pronto como sea posible, existe una alta probabilidad de que haya un incremento en los tiempos de espera para completar tales servicios, debido a un retraso de tamaño considerable. Si usted tiene un motivo de carácter urgente por el cual necesita viajar inmediatamente, por favor siga las indicaciones proporcionadas en el sitio web: www.ustraveldocs.com/sv o llamando al número 2113-3122, donde podrá programar una cita de emergencia
No podemos garantizar los tiempos de procesamiento y, algunas solicitudes de visa pueden tardar un mes o más en procesarse. Los solicitantes que no son residentes de El Salvador deberán tomar esto en cuenta.
El presidente Biden rescindió la Proclamación Presidencial (PP) 10014, titulada “Proclamación que suspende la entrada de inmigrantes que presentan riesgo al mercado laboral de los Estados Unidos durante la recuperación económica luego del brote de COVID-19”, el 24 de febrero de 2021. Los solicitantes de visa de inmigrante que habían sido afectados por esta proclamación se les recomienda revisar las instrucciones aquí.
La Proclamación Presidencial 10052, que suspende la entrada a los Estados Unidos de ciertos solicitantes de visas de no inmigrante quienes presentan un riesgo para el mercado laboral estadounidense durante la recuperación económica tras el brote del nuevo coronavirus, permanece vigente. Específicamente, la suspensión en PP 10052 aplica a los solicitantes de visas H-1B, H-2B y L-1; Solicitantes de visa J-1 que participan en los programas de pasantía, aprendiz, maestro, consejero de campamento, au pair o programas de viajes de trabajo de verano; y los cónyuges o hijos de solicitantes cubiertos que apliquen a visas H-4, L-2 o J-2.
El 20 de Enero de 2021, el Presidente Biden firmó una proclamación presidencial titulada “Fin a las prohibiciones discriminatorias de entrada a los Estados Unidos”. Esta proclamación pone fin a las restricciones de viaje en virtud de las Proclamaciones Presidenciales 9645 y 9983, las cuales habían suspendido la entrada a los Estados Unidos de ciertos ciudadanos, según el tipo de visa, de Birmania, Eritrea, Irán, Kirguistán, Libia, Nigeria, Corea del Norte, Somalia, Sudán, Siria, Tanzania, Venezuela y Yemen. Haga click aquí para obtener información adicional.

Bienvenido al Servicio de Información de Visas para los Estados Unidos en El Salvador.En este sitio web se encuentra información acerca de visas de inmigrantes y no inmigrantes para los Estados Unidos y los requisitos para cada una. También hay información acerca de cómo realizar el pago de la solicitud de visa requerida, y como programar una cita para la Embajada de los Estados Unidos en San Salvador.
Este es el sitio web oficial de información de visas de la Misión Diplomática de los Estados Unidos en El Salvador.
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